Deducciones Personales: Gastos que puedes deducir en tu Declaración Anual
En el mundo de las finanzas personales, entender las deducciones a las que tienes derecho es fundamental para optimizar tu declaración anual de impuestos. A continuación, te presentamos una lista de las deducciones personales que, de acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), podrías aplicar para reducir tu carga fiscal:
Gastos Médicos, Dentales y Hospitalarios
Si has incurrido en gastos médicos, dentales, de enfermería, estudios clínicos, prótesis, renta de equipos para rehabilitación, o has necesitado servicios profesionales de psicología o nutrición, podrás deducirlos. Esto también aplica para los gastos hospitalarios de tu cónyuge, hijos, padres o cualquier ascendiente o descendiente directo.
Gastos Funerarios
En momentos difíciles, es importante saber que puedes deducir los gastos funerarios de tu familia directa, es decir, tu cónyuge o concubino/a, así como para sus ascendientes y descendientes en línea recta, solo asegúrate de tener la factura correspondiente.
Donativos
Al ser solidario con los demás, también puedes obtener un beneficio fiscal. Los donativos realizados a instituciones autorizadas y a la Federación son deducibles hasta ciertos porcentajes sobre tus ingresos del año anterior.
Debes considerar que el límite para deducir donativos es considerando los ingresos acumulables del ejercicio inmediato anterior: hasta el 7% para los otorgados a donatarias autorizadas y hasta el 4 % para los otorgados a la Federación.
Intereses de Créditos Hipotecarios
Si estás pagando una hipoteca, los intereses reales pagados durante el año son deducibles, siempre que el préstamo haya sido para tu vivienda y no exceda el límite establecido por la Ley (setecientas cincuenta mil unidades de inversión).
Aportaciones para el Retiro
Las cantidades que aportes de forma voluntaria a tu plan de retiro, siempre que cumplan con ciertos requisitos de permanencia, también son deducibles.
Seguros de Gastos Médicos
Las primas pagadas para seguros de gastos médicos, sean complementarios o independientes de los sistemas de salud públicos del propio contribuyente, de su cónyuge o concubino/a, así como para sus ascendientes y descendientes en línea recta, cuentan como deducciones.
Transportación Escolar Obligatoria
Si tus hijos requieren transporte escolar y este es obligatorio según las disposiciones del área donde se ubique la escuela, o cuando para todos los alumnos se incluya dicho gasto de colegiatura, también es deducible.
Impuestos Locales por Salarios
Los pagos realizados por este concepto son deducibles, siempre y cuando no superen el 5% de tu salario.
Colegiaturas
La inversión que realizas en la educación desde preescolar hasta bachillerato es deducible, respetando los límites anuales establecidos para cada nivel educativo, de acuerdo con la siguiente tabla:
Nivel | Monto |
---|---|
Preescolar | $14,200.00 |
Primaria | $12,900.00 |
Secundaria | $19,900.00 |
Profesional Técnico | $17,100.00 |
Bachillerato o equivalente | $24,500.00 |
Importante: Para que estas deducciones sean válidas, los pagos deben efectuarse mediante cheque nominativo, transferencia electrónica, tarjeta de crédito, débito o servicios. Los pagos en efectivo no califican para la deducción.
El total de tus deducciones personales (excluyendo gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias para el retiro y estímulos fiscales) no debe superar de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o el 15% de tus ingresos totales, prevaleciendo el menor.
¡Hablemos! Si tienes dudas o requieres más información sobre este o cualquier otro tema relacionado con el ámbito fiscal, no dudes en dejarnos un comentario. Nuestro equipo de expertos está siempre dispuesto a asesorarte y brindarte la orientación necesaria para que estés bien informado.
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Fuente: Artículo 151 de la LISR.